En relación a nuestra circular nº 26-VIV/212/26, le informamos que Consumo sigue remitiendo cartas a las empresas recordando que la prórroga de los contratos de alquiler deberá ser aceptada obligatoriamente una vez sea solicitada por el arrendatario, según el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes en materia de alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales derivadas de la situación internacional, aprobado en Consejo de Ministros.
